Opinión

El pulpo en su garbanzal

Por: Francisco Diez-Canseco Távara

La reciente liberación de Jhon Cruz Arce Díaz, alias “Jhon Pulpo”, ex cabecilla de la organización criminal “Los Pulpos”, ha generado una comprensible alarma social. Condenado a 25 años de prisión por asesinato y otros delitos graves, salió libre tras cumplir solo 17 años, gracias a beneficios penitenciarios que le permitieron reducir su pena por trabajo y estudio. ¿Cómo es posible que un delincuente de esta peligrosidad recupere su libertad antes de tiempo?

El régimen de beneficios penitenciarios en el Perú ha sido objeto de reformas sucesivas desde 2014. La Ley N.° 30262, en vigor desde noviembre de ese año, excluyó del acceso a redención de penas, semilibertad y liberación condicional a los miembros de organizaciones criminales. Estas restricciones se ampliaron en 2016 con el Decreto Legislativo N.° 1244, y fueron reafirmadas en 2023 y 2025 mediante nuevos decretos que prohibieron expresamente dichos beneficios para delitos como sicariato, extorsión y robo agravado.

Sin embargo, la retroactividad solo puede ser benigna. En el caso de Arce Díaz, su condena data de 2008, y las normas aplicables en ese momento sí permitían el acceso a beneficios penitenciarios. Gracias a un hábeas corpus, el Poder Judicial reconoció sus supuestos días de trabajo y estudio, y ordenó su excarcelación, ignorando su historial criminal y el evidente riesgo que representa para la sociedad.

Este caso evidencia las fisuras del sistema judicial y penitenciario peruano. La falta de aplicación rigurosa de la legislación vigente y la debilidad de los mecanismos de control permiten que criminales peligrosos recuperen su libertad sin haberse rehabilitado. Urge una reforma constitucional que prohíba expresamente los beneficios penitenciarios para integrantes de organizaciones criminales, sin excepción alguna, y garantice que la seguridad ciudadana prime sobre los formalismos legales.

(*) Presidente de Perú Acción. Presidente del Consejo por la Paz.

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ver también
Cerrar
Botón volver arriba