Conozca las diligencias que ya puede realizar la Policía
Gobierno detalla nuevas facultades de investigación, según decreto legislativo

Según el Decreto Legislativo N° 1605, dado a conocer ayer, la Policía Nacional podrá realizar, por iniciativa propia, las diligencias de investigación del delito que sean urgentes o inaplazables, y asumirá la estrategia operativa sin trasgredir las competencias fiscales.
Las facultades de investigación criminal que asume la Policía son las siguientes:
1) Las diligencias de investigación urgentes o inaplazables, reunir y asegurar las pruebas.
2) Recepción de las denuncias escritas o sentar el acta y tomar declaraciones a los denunciantes.
3) Aislar, proteger y vigilar el lugar donde ocurra un delito. Recoger y conservar las evidencias de interés criminalístico.
4) Realizar el registro de personas incluyendo su vestimenta, equipajes, bultos y vehículos. Establecer controles en las vías, proceder a registro personal y vehicular.
5) Retener a una persona hasta por cuatro horas. Practicar las diligencias para la identificación física de los autores y partícipes del delito.
6) Interrogar e identificar a posibles testigos. Levantar planos, tomar fotografías, realizar grabaciones en video y otras operaciones técnicas o científicas.
Allanamientos
1) Intervenir, detener y recibir las versiones o manifestación de los presuntos autores y partícipes en caso de flagrancia.
2) Asegurar los documentos privados –libros contables, facturas, otros comprobantes de pago- e instrumentos de telecomunicaciones –celulares– que puedan servir a la investigación.
3) Allanar locales de uso público o abiertos al público.