¿Por qué se necesitan magistrados imparciales e independientes? (II)
Por: Iván Pedro Guevara Vásquez
Luego de haber visto que el primer elemento que debemos considerar para poder dar una debida respuesta a la pregunta sobre el por qué se necesitan magistrados imparciales e independientes; es decir, el aspecto que tiene que ver con el hecho de la importancia de una transparencia e imparcialidad en el proceso de elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) mediante el respectivo concurso público de méritos, ahora corresponde tratar el tema del perfil que en la práctica deben tener los que resulten elegidos como integrantes de la JNJ.
Los miembros de la JNJ no son formalmente, en estricto, magistrados, al menos no en el sentido de ser jueces y fiscales titulares. Son más bien funcionarios del Estado elegidos en base al principio meritocrático para seleccionar, mediante concurso público de méritos, a los jueces y fiscales titulares de todos los niveles, desde el de primera instancia hasta el de la máxima instancia suprema.
Pero son, materialmente, en cierto sentido jueces de jueces y fiscales de fiscales en la medida que no solamente nombran a los jueces y fiscales, sino que también los ratifican o no ratifican en el cargo, y los destituyen, aparte que también eligen, mediante concurso público de méritos, al Jefe de la ONPE (Oficina Nacional de Procesos Electorales) -que se encarga de la realización y desarrollo de los procesos electorales-, y al Jefe del RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil).
En esa medida, la imparcialidad y la independencia de los magistrados (jueces y fiscales) comienza a gestarse también con el hecho de tener como miembros de la Junta Nacional de Justicia a personas incorruptibles y justas por encima de todo, pues deben designar a los mejores postulantes como jueces y fiscales titulares del país.
Los miembros de la JNJ deben ser como aquellos profetas de los tiempos antiguos que le decían sus verdades a los reyes, sin perderles el respeto en ningún momento, al basar su autoridad en su único Dios.
Ahora si bien históricamente ya no nos encontramos en un Estado teocrático, sino en Estado laico, la máxima autoridad reside en la Ley y en la Constitución Política de un Estado Constitucional de Derecho, en donde la democracia es la mejor forma de gobierno que corresponde a la naturaleza del ser humano.
No debe haber apego alguno a lo temporal, sino actuar pensando en dejar huellas contributivas en la historia.
(*) Analista politico
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