Economía

Midis aprobó padrón para pago de Bono Alimentario de S/270

Sepa las formas de pago y a quiénes les toca este subsidio del Gobierno

Por fin, luego de varias semanas de espera, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó, a través de la Resolución Ministerial N°150-2022 MIDIS, el padrón de beneficiarios (as) del Bono Alimentario de S/270 destinado a personas vulnerables que han sido afectadas por el alza de los precios de los alimentos.

De acuerdo a la norma, esta asistencia económica les corresponderá a 4 millones 251,464 ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo al Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares que administra el Midis.

En esta segunda etapa se ha planeado dar cobertura a 2 millones 559,850 hogares de todo el país, incluyendo a los usuarios y usuarias de los programas sociales como Juntos, Pensión 65 y Contigo que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley N° 31538.

El Midis, a través de sus canales oficiales, informará en los próximos días los detalles para las modalidades de consulta y pago, conforme se ha hecho anteriormente.

También el programa Pensión 65 implementará el proceso de autorización de cobro para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo efectivo.

FORMAS DE PAGO

Próximamente se autorizará la transferencia al Banco de la Nación para que se entregue la ayuda a los beneficiarios con las siguientes modalidades:

  • Billetera digital
  • Cuenta DNI del Banco de la Nación
  • Cobro en ventanilla Otros que se implementen en coordinación con las entidades financieras con las que se disponga de convenios vigentes

A QUIÉNES LES TOCA

  • Hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)
  • Personas que no figuren en planilla pública y privada con ingresos menores a S/1,025 Afiliados a Pensión 65, Juntos y Contigo que no hayan recibido la asignación especial dispuesta en la Ley N° 31538

 

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