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Delia Muñoz plantea acusar a Castillo

Exministra de Justicia propone que la Fiscalía solicite a un juez la inaplicación del artículo 117 de la Constitución

La exministra Delia Muñoz afirma que un presidente sea investigado en funciones no es un sacrilegio, pues en otros países como Estados Unidos y Canadá, sí lo hacen.

POR: RAFAEL POBLETE

La exministra de Justicia, Delia Muñoz, opinó que la fiscal de la Nación debe solicitar ante un juez la inaplicación del artículo 117 de la Constitución, que señala que el presidente de la República solo puede ser acusado por traición a la patria y por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias o municipales.

Pedro Castillo es un buen tío que se preocupa por los sobrinos… ¿Qué opina, viajó o no viajó?

El presidente de la República sigue siendo padre, hermano y tío, pero desde que juró al cargo ese tipo de funciones pasan a un segundo lugar. Porque es la persona que representa a la Nación, y se convierte en un funcionario público que está obligado a cumplir una serie de reglas y pautas. Cuando se reúne con alguien tiene que reportar con quién lo hace. Y cuando utiliza el avión presidencial no lo puede hacer para irse de paseo, sino que tiene que formar parte de su actividad oficial, y con funcionarios que están vinculados a la actividad que va a desarrollar. Uno puede entender que la esposa o el hijo lo acompañen por un tipo de soporte, pero vemos que en la lista de pasajeros está un sobrino que está requisitoriado, y es aquí donde surge la duda. Ahora nos dicen que de Lay pasa a Yoni y que de un número de DNI pasas a otro.

El presidente ha dicho que se quiere generar un ruido político o incertidumbre.

Es él quien genera el ruido político porque la ley dice que el lugar del despacho donde funciona la sede del Ejecutivo es Palacio de Gobierno, y él se fue a despachar a Sarratea, cosa que podría haberlo hecho, pero manteniendo las pautas de reportar con quien se reúne, porque hemos visto que se han reunido con él personas que estaban llevando a cabo licitaciones y eso está expresamente prohibido en la Ley de Contrataciones con el Estado. El ruido político viene porque no está respetando las pautas del buen gobierno diseñadas en la norma de ética y transparencia

Y ahora la fiscal de la Nación va a formular una denuncia constitucional contra el presidente Castillo. ¿Y el artículo 117 de la Constitución dónde queda?

El artículo 117 tiene como objeto que el presidente de la República desarrolle un buen gobierno y que no sea perturbado por actividades de otros poderes del Estado y es por ello que se establecen una serie de prerrogativas. Hoy, ante la multiplicidad de indicios que tenemos, pareciera que el artículo 117 viene siendo desnaturalizado porque en lugar que sirva como un elemento de protección para el cumplimiento apropiado de las tareas, viene siendo utilizado como un mecanismo para impedir que se rinda cuentas, que es la principal obligación de todo funcionario público; es decir, el artículo 117 se está volviendo en un mecanismo de impunidad. Tenemos precedentes nacionales e internacionales que cuando una norma ha sido desnaturalizada, permite la corrupción, que no cumple el fin para el cual ha sido creada y está atentando contra los derechos fundamentales de los ciudadanos, un juez o cualquier otra autoridad puede desarrollar un control sobre ese artículo e inaplicarlo. Para mí, es la vía que la Fiscalía tiene que utilizar.

Entonces, de convertirse en un juicio en el Poder Judicial, pasaría al Congreso…

El artículo 117 presenta tal nivel de vulneración a los derechos fundamentales de los ciudadanos que el fiscal podría ir donde el juez, para que este lo inaplique. No sería la primera vez que se inaplica un artículo constitucional. Cuando se declaró la nulidad del indulto al señor Crousillat se inaplicó la facultad constitucional de conceder indultos bajo el argumento que se estaba excediendo el contenido previsto en esta normativa. Que un presidente sea investigado en funciones no es un sacrilegio, en otros países como Estados Unidos y Canadá, el presidente puede ser investigado bajo la modalidad que se llama el impeachment.

Se le puede inhabilitar al presidente y destituirlo.

El menú constitucional es bastante amplio, y le permite al Congreso ir tomando una serie de medidas en aras de un equilibrio de poderes, pero vemos que no tiene muchas ganas de entrar a este control político y de lucha contra la corrupción. Espero que la Fiscalía vaya donde un juez y solicite inaplique el artículo 117, porque si la Fiscalía va al Congreso va a ocurrir lo que hemos visto con las últimas votaciones.

¿Hay obstrucción de la justicia?

La teoría penal dice que una persona no se va a ver inculpada o incurrir en un delito cuando está buscando proteger a personas cercanas, como podría ser el caso de su cuñada o el hijo de su hermano. Para mí, sí rompe las normas éticas, y creo que hay un nivel de obstrucción a las actividades. Eso se ha visto más con la denuncia formulada contra el coronel Colchado.

¿LA PROCURADURÍA ES AUTÓNOMA?

Para sus fines de actividad, sí, pero no para cumplimiento de sus actividades. Hace 20 años había procuradores Ad Hoc, procuradores anticorrupción que tenían una presencia muy fuerte en ayudar al Ministerio Público con la presentación de pruebas y presentar denuncias contra los funcionarios. Ahora vemos a una señora que va a las actividades y no formula ninguna pregunta porque dice que ya está formulándolas la Fiscalía. Tenemos una Procuraduría Anticorrupción mediatizada porque no puede presentar denuncias contra ministros y funcionarios.

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